
© Sergi Camara
Nuevo enfoque común de la UE sobre retornos: riesgos y violaciones de derechos humanos
A medida que la Comisión Europea (CE) presenta hoy, 11 de marzo, su llamado “nuevo enfoque común sobre retornos”, con el objetivo de acelerar las devoluciones a países de origen y tránsito, las organizaciones de la sociedad civil firmantes expresan su preocupación por las implicaciones en materia de derechos humanos que conllevan estas propuestas.
Problemas con el concepto de «tercer país seguro»
Es probable que la propuesta incluya una nueva Directiva o Reglamento de Retorno, sustituyendo así la propuesta de 2018 para la refundición de la Directiva 2008/115/CE (la Directiva de Retorno), disposiciones sobre los llamados “centros de retorno” y la revisión del concepto de “tercer país seguro” (STC, por sus siglas en inglés).
EuroMed Rights ha abogado durante mucho tiempo en contra del concepto de “tercer país seguro” y “país de origen seguro”, ya que contradice el espíritu de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que establece la necesidad de un examen individual de cada solicitud de asilo. Cada situación personal es única, y ningún país está exento de fallar en la protección de los derechos individuales o de cometer violaciones de derechos humanos.
Sin embargo, los Estados han recurrido cada vez más a este concepto de manera desproporcionada para incrementar las devoluciones de personas solicitantes de asilo en Europa. Italia, por ejemplo, actualizó en 2024 su lista de “países de origen seguros” para incluir a Egipto y Túnez, a pesar de las numerosas violaciones de derechos humanos documentadas en ambos países y del hecho de que Egipto, por ejemplo, no es signatario de la Convención de la ONU para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Según la próxima revisión del concepto de STC en el Reglamento de Procedimiento de Asilo (APR), las organizaciones firmantes expresan su preocupación por la voluntad de la UE de reducir el umbral de protección que debe proporcionar un tercer país y de eliminar el criterio de conexión.
Reducción del umbral de protección
Como parte del Pacto de la UE sobre Migración y Asilo adoptado en 2024, el APR ya ha reducido el umbral de protección que un tercer país debe proporcionar al introducir el concepto de “protección efectiva”, que supone una protección inferior a la establecida por la Convención sobre los Refugiados de 1951. Esto permitirá, de facto, que los Estados miembros de la UE consideren como “seguro” a un país que no sea parte de la Convención sobre los Refugiados.
Por ejemplo, esto podría aplicarse en el caso de Líbano, que no es signatario de la Convención, pero es considerado “seguro” por Chipre, que ya ha llevado a cabo devoluciones violentas e ilegales de solicitantes de asilo sirios. Chipre ya ha sido condenado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en octubre de 2024 en el caso M.A. y Z.R. contra Chipre (Appl. No 39090/20).
Criterio de conexión
A pesar de que ACNUR, en sus consideraciones legales sobre países terceros seguros, ha subrayado la importancia de que exista una conexión entre la persona solicitante de asilo y el tercer país –por ejemplo, estancias previas o la presencia de familiares o lazos cercanos en el país–, es altamente probable que los Estados miembros de la UE decidan eliminar este criterio en su revisión del concepto de STC.
Esto dejaría un amplio margen de discrecionalidad a los Estados miembros para devolver a solicitantes de asilo a terceros países sin que exista ningún vínculo entre la persona y ese país.
Violaciones de derechos humanos
En muchos de los países que la UE considera “seguros” y con los que ha firmado recientemente acuerdos controvertidos para frenar la migración –como Túnez, Líbano y Egipto–, el contexto de derechos humanos y estado de derecho está empeorando rápidamente.
En Túnez, las recientes elecciones han consolidado el control autoritario del presidente, mientras que la situación de las personas migrantes y refugiadas es alarmante, con informes sobre expulsiones masivas, discursos de odio y agresiones físicas en aumento.
En Egipto, la represión contra la sociedad civil, las personas defensoras de derechos humanos y la disidencia pacífica –tanto en línea como fuera de ella– sigue siendo motivo de gran preocupación, junto con los arrestos arbitrarios, la detención masiva y las ejecuciones extrajudiciales. La recientemente aprobada ley nacional de asilo agravará aún más la ya precaria situación de las personas solicitantes de asilo y refugiadas en el país, donde se han documentado arrestos masivos arbitrarios, detenciones y devoluciones forzadas de refugiados sudaneses, entre otros.
En su comunicación sobre la ley de asilo en Egipto, los Procedimientos Especiales de la ONU expresaron serias preocupaciones sobre el impacto que esta legislación tendrá en los derechos humanos de personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas, advirtiendo que, “si se promulga, quedará significativamente por debajo de las normas internacionales de derechos humanos y de derecho de refugiados, así como de otros estándares relevantes”.
Conclusión
Lo que la UE propone es otro intento más de alejarse de políticas migratorias y de asilo basadas en derechos, continuando con la tendencia de externalización, que ha sido un fracaso absoluto –como demuestra el reciente acuerdo entre Italia y Albania– y que ha provocado un sufrimiento interminable, violaciones y muertes.
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Organizaciones firmantes:
- Tamkeen for legal aid and human rights (Jordania)
- ARCI (Italia)
- İHD – Human Rights Association (Turquía)
- Irídia (España)
- Novact (España)
- Greek Council for Refugees (Grecia)
- CEAR (España)
- CNCD- 11.11.11 (Bélgica)
- Human Rights League (LDH)
- CS-LADDH
- Fondation pour la promotion des droits
- Association tunisienne des Femmes Démocrates (ATFD)
- Centre for Peace Studies Croatia
- Cairo Institute for Human Rights Studies (CIHRS)
- Safe Passage International
- KISA
- La Fondation pour la promotion des droits
- EuroMed Rights