CALCULADORA PARA DESGRAVAR DONACIONES

Calcula la desgravación fiscal de tus donaciones a nuestra ong
Además de ayudar a las personas refugiadas podrás deducir tu donación en la declaración de la renta.
Ingresa el total de tu donación y descubre cuánto puedes ahorrar en tu declaración de la renta. La calculadora te mostrará de manera precisa la desgravación correspondiente.
Deducción por donaciones en irpf - personas físicas
TE PUEDES DEDUCIR hASTA EL 80% DE TUS DONATIVOS
A partir de 2024 la desgravación por donaciones hasta 250€ es del 80%. Es decir, por una donación de 250€ te desgravas 200€ por lo que a ti solo te cuesta 50€.
Para donaciones superiores a 250€, te desgravas el 40%. Es decir, si donas 500€ te desgravas un total de 300€ (200€ por los primeros 250€ y 100€ por el resto).
Aportar tanto nunca ha costado menos. Haz un donativo voluntario y crea REFUGIO.

Desgravación donaciones ong en IMPUESTO DE SOCIEDADES
Personas jurídicas- desgravación fiscal DE donaciones de empresas
La desgravación para tu empresa será del 40% sobre las cuotas o donativos y del 50% si has donado la misma cantidad o superior en los 2 años anteriores.
Por ejemplo, una donación puntual de 500€ se desgravaría 200€ en el impuesto de sociedades.

Pasos para Solicitar la Desgravación Fiscal por Donaciones a nuestra ONG
Te guiamos a través de los pasos necesarios para solicitar la desgravación fiscal de tus donaciones. Aprende cómo presentar la documentación requerida y asegurarte de que recibes todos los beneficios posibles.
Es importante que te asegures de que tenemos tus datos fiscales actualizados, enviándolos al correo electrónico [email protected]. ¿Qué datos son imprescindibles?
Si eres una persona física:
- Nombre y apellidos.
- NIF/NIE.
- Domicilio fiscal (al menos código postal y provincia).
Si eres una persona jurídica:
- Nombre fiscal de la empresa.
- CIF.
- Domicilio fiscal (al menos código postal y provincia).
Entre los meses de marzo-abril de cada año, enviamos por correo electrónico y por envío postal (a no ser que se nos solicite no hacerlo) los certificados de donaciones por las aportaciones hechas en el año fiscal anterior. Es decir, las donaciones o donativos a fundaciones y ONG que realices este año podrás desgravarlas en la declaración de la renta o en la declaración del impuesto de sociedades del próximo año.
La cantidad que aparezca en ese certificado es la que CEAR reconoce ante la Agencia Tributaria que ha sido donada por ti. Por lo que, si consideras que hay algo que corregir, es importante que te pongas en contacto con CEAR para subsanarlo y para que lo presentemos en una presentación complementaria.
Si no es la primera vez que donas a CEAR es posible que, cuando vayas a hacer tu Declaración de la renta o la Declaración del Impuesto de Sociedades ya te aparezcan las donaciones que nos has hecho.
Si no te aparecen de forma automática, debes introducir esa cantidad en la casilla 723 de la Renta, en el aparatado de Deducciones. Y debes introducir la cantidad que aparece en el certificado en el campo Imp. Con derecho a deduc.: donativos a entidades reguladas en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre.
Si eres residente en el País Vasco o Navarra puedes ver en el apartado de 'Preguntas frecuentes' las desgravaciones que se aplican en tu provincia.
Preguntas frecuentes sobre desgravar donaciones
Cuando se dona dinero a una ONG como CEAR, se dispone de la posibilidad de recuperar hasta un 80% de la cantidad donada, en caso de las personas físicas, y hasta un 40%, en el caso de las personas jurídicas.
Por lo que, si tienes la voluntad de contribuir con, por ejemplo, 200€ podrías donar hasta 500€, porque en la declaración de la renta te devolverían 300€ (200€ por los primeros 250€ y 100€ por el resto).
La desgravación fiscal por donaciones hasta 250€ es del 80%.
Superada esa cantidad, las deducciones son de:
- El 45%, en caso de haber donado en los 2 ejercicios fiscales anteriores, la misma cantidad o una cantidad superior al año anterior.
- El 40%, en caso de que no haya sido así.
El límite de las deducciones fiscales por tus donativos es el 10% de la base liquidable del IRPF.
¿Qué es la base liquidable? La base liquidable total comprende tanto la base liquidable general como la del ahorro. Esa cantidad es el resultado de la suma de todos los rendimientos de una persona física (rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario, de los ahorros, etc.) y restarle a esa cifra todas las deducciones a las que esa persona tenga derecho.
Si, por ejemplo, la base imponible de una persona es de 20.000€, la desgravación fiscal por donativos a ONG no podría superar los 2.000€.
Al beneficio social que genera tus donativos a CEAR, también puedes obtener beneficios fiscales cuando hagas la declaración de la renta o del Impuesto de Sociedades. Para ello, es fundamental que sigas los siguientes pasos:
- Haz un donativo a CEAR o hazte socio/a de nuestra ONG.
- Asegúrate de introducir tus datos fiscales en el momento en el que donas o envíanoslo por correo electrónico a [email protected]
- Descarga el certificado de donaciones cuando te lo enviemos en marzo-abril del año siguiente y, en el caso de que no lo recibas, pídenoslo en el correo electrónico.
- Adjunta el certificado de donaciones y comprueba cómo se te aplican los beneficios fiscales por tus donaciones.
Si, por ejemplo, existen grandes diferencias por las particularidades fiscales que existen en estas dos comunidades autónomas e incluso entre las provincias de Euskadi.
Para calcular lo que puedes desgravar en cada una de estas provincias habrás de tener en cuenta:
- Deducciones por donativos en Navarra:
- Puedes desgravar hasta el 25% de la cantidad donada.
- Límite del 25% de la base liquidable.
- Deducciones por donativos en Araba/Álava:
- Puedes desgravar hasta el 30% de la cantidad donada.
- Límite del 35% de la base liquidable..
- Deducciones por donativos en Bizkaia/Vizcaya:
- Puedes desgravar hasta el 30% de la cantidad donada.
- Límite del 35% de la base liquidable.
- Deducciones por donativos en Gipuzkoa/Guipúzcoa:
- Puedes desgravar hasta el 20% de la cantidad donada.
- Límite del 30% de la base liquidable.