
Pacto de Migración y Asilo: 10 medidas para rescatar los derechos humanos en Europa
CEAR defiende una implementación del Pacto Europeo de Migración y Asilo que priorice los derechos humanos y la protección de las personas migrantes y refugiadas en España. Retos que son alcanzables siempre y cuando haya voluntad política y se tengan en cuenta las siguientes medidas para un cambio en las políticas migratorias, que tengan como objetivo el pleno respeto del de los derechos humanos.
1. Acceso inmediato y efectivo al procedimiento de protección internacional. Hay que eliminar los obstáculos que impiden acceder al derecho de asilo de manera rápida y efectiva. Para ello, es urgente habilitar vías legales y seguras que permitan a las personas solicitar protección sin tener que arriesgar su vida en el intento. El desplazamiento forzado tras la invasión rusa de Ucrania ha demostrado que es posible agilizar el procedimiento y utilizar los Centros de Recepción, Atención y Derivación (CREADE) como ventanillas únicas de asilo.
2. Medidas alternativas a la detención. La privación de libertad de las personas migrantes y refugiadas debe ser siempre el último recurso. Hay que tener en cuenta que se trata de personas que no han cometido ningún delito, y entre ellas se encuentran niñas, niños y personas en situación de vulnerabilidad. Además, el triaje para identificar a estas personas no debe exceder nunca las 72 horas y se deben impedir los procedimientos fronterizos acelerados, porque no garantizan en ningún caso una adecuada detección de necesidades de las personas.
3. Derechos y garantías para personas migrantes y refugiadas en todos los procedimientos. Los derechos de las personas deben estar garantizados en todo momento, independientemente de figuras que tratan de retorcer las normativas internacionales como la “ficción jurídica de no entrada”. Es obligatorio asegurar los máximos estándares todos los procedimientos, ya sean fronterizos u ordinarios, y habilitar lugares adecuados para la detección de personas en situación de vulnerabilidad o con necesidades protección específicas.
4. Derivación automática al procedimiento ordinario. Es preciso que cuando no se cumplan los plazos o cuando se identifiquen vulnerabilidades en el procedimiento fronterizo de asilo se traslade a las personas migrantes y refugiadas a territorio para que se estudie su caso en profundidad.
5. Suspensión de retornos automáticos. Cuando se recurra la decisión de una denegación de asilo, las autoridades deben esperar hasta que se resuelva definitivamente antes de proceder a una medida irreparable que puede poner en riesgo la vida de una persona, tal y como recoge el ‘principio de no devolución’ de la Convención de Ginebra.
6. Cumplimiento de la normativa. Se debe asegurar en todos los procedimientos de protección internacional las garantías previstas en el ordenamiento jurídico español.
7. Mecanismo independiente. Resulta imprescindible vigilar el respeto de los derechos humanos para evitar cualquier tipo abuso o discriminación en las fronteras y en los procesos de asilo. En dicho proceso se tiene que incluir la consulta y la participación de la sociedad civil.
8. Priorización de las reubicaciones. Con el objetivo de garantizar la responsabilidad y solidaridad entre los Estados miembro se centre en la protección de las personas.
9. Refuerzo del sistema de acogida. Garantizar la existencia de un sistema estable y bien preparado con una red de centros de acogida suficientemente dotados y que permitan responder a situaciones de crisis y evitar derogaciones a las normas de asilo europeas.
10. Personal profesional y cualificado. Se debe formar adecuadamente a todas las personas que participan en todo el proceso de migración y asilo en derechos humanos, género, infancia y diversidad, entre otras cuestiones.