Casos presentados ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Durante el año 2011 se ha puesto de manifiesto ante la luz pública internacional el escaso compromiso que existe con la protección real y efectiva de las personas refugiadas que solicitan asilo en nuestro país. Esta es la principal conclusión que se extrae de las numerosas resoluciones emitidas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que paralizaron la expulsión de ciudadanos y ciudadanas extranjeras por existir indicios de riesgo real contra su vida, salud e integridad en el caso de ser devueltos a su país.

CEAR en el año 2011 presentó 36 recursos ante el TEDH con el fin de paralizar la expulsión de personas solicitantes de asilo. En todos los supuestos se interpuso solicitud de medida cautelarísima de suspensión de la expulsión ante la Sección 8a de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y en todos ellos la Sala resolvió denegar las medidas planteadas. Las resoluciones denegatorias fueron recurridas ante el TEDH y el resultado fue que en 33 de las 36 peticiones planteadas, el Alto Tribunal paralizó la expulsión de estas personas.

Es de especial relevancia destacar los hechos acontecidos el 5 de enero de 2011 cuando arribó a Fuerteventura una patera con 22 hombres saharauis a bordo, 26 días más tarde llegaba a costas canarias una nueva patera, esta con otros 19 saharauis. Todos huían de la situación en los Territorios Ocupados por Marruecos, alegando haber participado en el “Campamento Dignidad”, a las afueras de El Aaiún, el cual fue brutalmente desmantelado por las fuerzas de seguridad marroquíes el 8 de noviembre de 2010. La OAR únicamente admitió a trámite las solicitudes de asilo de 11 personas, 5 de la primera patera, 6 de la segunda, entendiendo la manifiesta inverosimilitud de las alegaciones del resto y denegando sus peticiones. El ACNUR, en cambio, apoyó la admisión a trámite de todas las solicitudes denegadas. Las medidas cautelarísimas posteriores planteadas por CEAR ante la Sección 8a de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, con el objeto de detener la expulsión de las personas interesadas fueron todas desestimadas, salvo una, y en ninguna de estas se citaba ni se valoraba el informe favorable del ACNUR. Ante la inminente expulsión de las personas afectadas se interpusieron los oportunos recursos ante el TEDH, y el Alto Tribunal resolvió positivamente en los 28 casos planteados, impidiendo las expulsiones de las personas afectadas hasta que la propia Audiencia Nacional se pronunciara de manera definitiva sobre la admisión a trámite de sus solicitudes de protección internacional.