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El 3 de octubre de 2017 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por la demanda de dos jóvenes procedentes de Malí y Costa de Marfil que fueron expulsados de Melilla en agosto de 2014. Esta sentencia sin precedentes es la última prueba de que estas prácticas conocidas como “devoluciones en caliente” y habituales en la frontera sur española, son claramente ilegales y vulneran el derecho humano a solicitar asilo.
En 2015, el Gobierno aprobó la Ley de Seguridad Ciudadana con la que pretendió dar cobertura legal a este tipo de prácticas. Actualmente, muchas personas -especialmente subsaharianas- son expulsadas de forma colectiva de nuestro país sin recibir asistencia de un intérprete o de un abogado y sin tener la posibilidad efectiva de solicitar asilo. Además, las autoridades españolas se han inventado el concepto de “frontera móvil” para justificar estas prácticas argumentando que las expulsiones son “rechazos en frontera”.
Esta situación incumple de forma sistemática la normativa internacional, europea y española. No se puede intentar legalizar lo ilegal, y menos cuando pone en riesgo la vida de quienes se han visto obligados a huir para ponerla a salvo.
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