¿En qué consiste la Fase de Valoración Inicial y Derivación de personas refugiadas en España?

En esta fase se crea el primer contacto con las personas que solicitan acceso al Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal (SAPIT). En este proceso, financiado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y cofinanciado por la UE, diferentes organizaciones, entre ellas CEAR, hacen una primera evaluación de necesidades para derivar a las personas, si procede, a los recursos de acogida en el menor tiempo posible.

  

Durante esta fase se atienden las necesidades de información y orientación sobre el Sistema y el procedimiento de protección internacional, así como la cobertura de necesidades básicas urgentes, si la persona lo precisa, mientras espera la asignación de plaza definitiva. Por otro lado, se identifica el cumplimiento de requisitos de acceso y se analizan las necesidades de acogida para asignar el recurso de acogida más adecuado. 

En lo que llevamos de año, CEAR ha atendido a cerca de 10.000 personas en esta primera Fase de contacto con las personas solicitantes de protección internacional, temporal y apatridia en Euskadi y Canarias, así como en las provincias de Málaga, Sevilla y Cádiz. 

Recepción, información básica sobre el sistema y primera evaluación de necesidades 

En un primer momento, se ofrece información básica y orientación sobre el Sistema a las personas que, tras su llegada a España y/o tomar la decisión de solicitar protección internacional o temporal, carecen de recursos económicos para su subsistencia y la de sus familias y, por tanto, requieren de atención social. 

A continuación, se lleva a cabo una primera valoración de las necesidades sociales de las personas y se evalúa si cumplen con los requisitos para entrar en el sistema de acogida. Además, se incide en la detección de posibles vulnerabilidades como son casos de posibles víctimas de trata de seres humanos, violencia machista, salud mental o personas LGTBIQ+, entre otras, acompañadas de intérpretes si fuera necesario.   

El equipo que trabaja en esta Fase está compuesto en primera instancia por trabajadoras sociales y técnicas de intervención social, quienes llevan a cabo el acompañamiento de la persona hasta su incorporación al Sistema de Acogida. Pero también es posible contar con el apoyo directo de psicólogas, abogadas e intérpretes, y también existen profesionales administrativas que facilitan el trabajo más burocrático. 

Cobertura de las necesidades básicas y urgentes 

De acuerdo con la evaluación y diagnóstico previamente realizados, se asegura que las personas participantes tengan cubiertas sus necesidades de alojamiento y manutención, la provisión de elementos para la higiene personal y vestuario hasta la asignación de plaza de acogida temporal o paso a la Fase II, siempre de acuerdo a los requisitos marcados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 

Las plazas que gestiona CEAR en esta Fase (2.464, en 2023) son habilitadas como dispositivos de emergencia para la atención durante el espacio de tiempo más corto posible hasta que el Ministerio facilite el acceso al Sistema de Acogida. Suelen ser plazas habilitadas en hostales, albergues o residencias con los que ya existe una trayectoria de trabajo en este ámbito 

Independientemente de dónde sean acogidas, las personas reciben una prestación económica para gastos médicos y transporte, gestiones relacionadas con la solicitud de protección internacional, asistencia a juicios, pruebas médicas y cumplimiento de obligaciones relacionadas con el Sistema. Además, también se garantiza el acceso a asistencia sanitaria.  

¿Qué documentación es necesaria? 

No se puede acceder a esta Fase sin la documentación requerida: manifestación de voluntad de solicitar protección internacional en España, resguardo de la formalización de solicitud de protección internacional, tarjeta roja, solicitud de apatridia o documento de protección temporal. Tampoco pueden pasar por esta fase las personas que ya sean beneficiarias del estatuto de refugiadas, protección subsidiaria o estatuto de apatridia, salvo autorización extraordinaria del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.  

Las personas que ocupan plaza de Acogida Humanitaria, especialmente destinadas a personas llegadas por costas, tampoco pueden acceder a plazas de la Fase de Valoración Inicial y Derivación, salvo autorización expresa del Ministerio. En estos casos, deben ir directamente a las plazas de Acogida Temporal mediante una solicitud de acceso que sí es tramitada por los equipos de la FVID.  

Asimismo, las personas que han visto denegada su solicitud de protección o que ya han pasado por el Sistema previamente no pueden acceder a plazas de esta Fase, aunque el equipo de FVID puede proponer que entren en Acogida Temporal. 

Retos para el futuro 

Teniendo en cuenta la demanda existente en 2023, el principal reto al que hace frente CEAR, y el resto de organizaciones, será mantener el mismo volumen de plazas actual y las mismas prestaciones, especialmente las ayudas transversales, que cubren algunas necesidades existentes cuando se alarga el tiempo de estancia en esta fase. Además, es necesario recortar los tiempos de estancia en esta fase para que puedan acceder al sistema lo antes posible.,  

Por otro lado, es una necesidad imperiosa la respuesta a casos de especial vulnerabilidad -salud mental, violencia de género, plazas adaptadas a movilidad reducida, personas de edad avanzada, etc.- dado que sus especiales necesidades requieren la acogida en recursos específicos en la Fase de Acogida, cada vez más saturados por el número de personas atendidas en estas situaciones. 

 

* Programa financiado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y cofinanciado por la Unión Europea. 

 

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