El Tribunal Europeo de Derechos Humanos paraliza la expulsión de una solicitante de asilo colombiana e impide la devolución a su país
Otra mujer y dos menores de la misma familia fueron devueltos a Colombia donde sus vidas corren peligro.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en resolución de 28 de julio, ha paralizado la expulsión de una ciudadana colombiana que se encontraba en el Aeropuerto de Madrid-Barajas, después de que la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) denegara su petición de asilo. Sin embargo, la resolución llegó demasiado tarde para impedir la expulsión de otra mujer y dos menores que acompañaban a la solicitante de asilo.
Tras la denegación de la petición de asilo, se solicitaron medidas cautelares de permanencia en España ante las numerosas pruebas que demostraban un riesgo real para su vida e integridad física en caso de devolución a Colombia. Medidas que fueron denegadas por la Audiencia Nacional. Frente a la inminencia de la expulsión prevista para el 27 de julio, el servicio jurídico de CEAR solicitó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la adopción de medidas provisionales que evitaran la devolución de la mujer a Colombia.
Dicha petición no llegó a tiempo y no se pudo paralizar la expulsión de los acompañantes de la mujer, su cuñada y sus dos hijos. Sin embargo, la solicitante, visiblemente ansiosa y alterada ante la inminente devolución obligó a las autoridades a retrasar su expulsión dando tiempo a que llegara la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
A la solicitante no le quedó más remedio que huir de su país por la persecución que toda su familia sufre por parte del grupo paramilitar “Los Rastrojos”, uno de los grupos armados más violentos de los que operan en Colombia. En el Departamento del Valle del Cauca Los Rastrojos comenzaron a asesinar a diferentes miembros de su familia así como atentar contra su padre, quién aún se encuentra en estado grave. Esta situación así como las amenazas continuas, obligaron a que la familia se desplazara forzosamente a un departamento vecino. Sin embargo, las autoridades colombianas no le brindaron protección, debiendo optar por la vía del exilio hacia nuestro país.
A pesar de la solidez de las pruebas aportadas sobre su persecución, incluidos recortes de prensa que informaban de la muertes y atentados sufridos por sus familiares, y de un informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) pronunciándose a favor de la admisión a trámite de la solicitud de asilo, las autoridades españolas decidieron denegar la solicitud de todo el grupo familiar. Los argumentos esgrimidos por la Oficina de Asilo y Refugio consideraban que el relato se encontraba fuera del ámbito de protección de la Ley de Asilo y de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. Una interpretación polémica, como evidencian el informe del ACNUR y la resolución emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Desde CEAR nos congratulamos de esta decisión del más alto Tribunal Europeo en materia de derechos humanos y confiamos en que marque el camino que debe seguir tanto la administración como la judicatura española a la hora de valorar las solicitudes de asilo y del riesgo que pueden correr estas personas si son expulsadas.
España no debe descuidar su compromiso con el derecho internacional de los derechos humanos y con las personas refugiadas, uno de los colectivos más vulnerables que existen. CEAR ha denunciado frecuentemente que, históricamente, España es uno de los estados de la Unión Europea más restrictivos a la hora de conceder protección internacional a las personas refugiadas, con una de las estadísticas más bajas en concesiones de estatutos de refugiado, casi siempre alrededor del 5% del total de solicitudes de asilo por año.
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