Diez claves para no perderse en las negociaciones del nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo

Con estas diez claves, desde CEAR concluimos que es necesario un cambio de mirada en las políticas migratorias y de asilo en la UE. Las tragedias que seguimos viendo cada día en las rutas migratorias del Mediterráneo y en la ruta canaria, están cobrándose vidas humanas. No podemos seguir consintiéndolo. Es más urgente que nunca superar las políticas de blindaje de fronteras y retroceso en la garantía de derechos que han demostrado ser un fracaso desde los años 90.  

 

1. ¿Por qué este nuevo Pacto y en qué momento nos encontramos?  

Se trata de un conjunto de propuestas legislativas presentadas por la Comisión Europea el 23 de septiembre de 2020 para reformar el Sistema Europeo Común de Asilo (SECA) y definir el futuro de las políticas de migración y asilo europeas. Sin embargo, las negociaciones están siendo complejas y el tiempo no juega a favor de los colegisladores: solo tienen hasta mayo de 2024, antes de las próximas elecciones europeas. 

La presidencia española es una oportunidad estratégica para poder dar un enfoque al Pacto donde se ponga en el centro a las personas. 

2. ¿Quiénes son los colegisladores del Pacto y cuáles son los próximos pasos? 

Los colegisladores son el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, quienes deberán llegar a un acuerdo sobre el conjunto de propuestas iniciales que hace la Comisión Europea. A finales de abril de 2023 el Parlamento Europeo adoptó su posición sobre las mismas. A principios de junio de este año, el Consejo hizo lo mismo, quedando pendiente su posición sobre una de las propuestas de todo el paquete legislativo del Pacto (El Reglamento de Crisis). Ahora se abren las negociaciones entre ambas instituciones y con la Comisión Europea. Es lo que se conoce como “diálogos tripartitos”. 

Esperamos que la intervención del Parlamento sea más positiva, pues el acuerdo que ha alcanzado el Consejo conlleva un preocupante retroceso en materia de garantías y derechos para las personas. 

3. ¿Por qué no se avanza hacia un reparto equitativo de las responsabilidades en materia de asilo entre los Estados miembro? 

Desafortunadamente, se mantienen los criterios que hacen recaer principalmente la responsabilidad en los países de primera entrada como España, en lugar de aliviar la presión en los mismos y avanzar en el principio de responsabilidad compartida y solidaridad entre los Estados. Además, se introduce la obligatoriedad de realizar controles de salud o seguridad a todas las personas que llegan a las fronteras y se expande la aplicación de los llamados procedimientos fronterizos, exprés, lo que implica tramitar más solicitudes, de forma más rápida y con menos garantías. 

4. ¿Qué es la solidaridad “a la carta”? 

La solidaridad que se plantea es un menú a la carta para los Estados, pueden elegir contribuir bien a través de la reubicación de las personas que llegan para ser acogidas en otros países que no son los de primera llegada o financiando acciones de apoyo en la “dimensión exterior”, que se traduce en la externalización de fronteras para el control de las rutas migratorias.  

De todo ello nos preocupa que la reubicación no tenga carácter obligatorio ni permanente, lo que permitiría la acogida de personas refugiadas de una forma más equilibrada entre todos los países europeos y nos solo los fronterizos como es nuestro caso. Y especialmente preocupante que el Consejo plantee la posibilidad a los Estados no fronterizos de eximirse de esa reubicación contribuyendo con 20.000 euros para financiar acciones en materia de control migratorio y fronterizo fuera de nuestras fronteras. 

5. ¿Por qué no se logra garantizar el salvamento y rescate en el mar? 

No se avanza hacia un acuerdo a nivel europeo para prevenir y evitar las muertes en el mar, ni para garantizar un desembarco seguro y predecible. Nos preocupa que, además, el desembarco de personas tras operaciones de salvamento y rescate en el mar no tengan reubicación posterior obligatoria. El Consejo ha eliminado esta posibilidad en su posición. 

6. ¿Por qué se reducen las garantías procedimentales básicas y se desprotege a las personas en situación más vulnerable? 

Cada vez se imponen más obstáculos a las personas para acceder al procedimiento de protección internacional, como por ejemplo nuevos controles obligatorios al llegar y la consideración (ficticia) de que las personas “no han llegado” aunque estén físicamente en territorio europeo. Además, se expanden las posibilidades de aplicar los procedimientos fronterizos y se pretende fijar un objetivo numérico de solicitudes que deben ser tramitadas de forma acelerada, que lleva aparejada una merma de garantías como la asistencia jurídica gratuita o el derecho a información. Preocupa que no hay suficientes salvaguardas para que las personas en situación de vulnerabilidad (incluyendo niños y niñas) queden excluidas de los procedimientos fronterizos, no sean coaccionadas para la toma de sus datos biométricos o sean detenidas.    

7.  ¿Por qué se pone en riesgo el principio de no devolución?  

Se pone el foco en devolver a las personas lo más rápido posible y en alejarlas de las fronteras de la UE, bajo la presunción de que la mayoría no tienen necesidades de protección. Para lograr este objetivo, se pretende unificar y acelerar los procedimientos de asilo y retorno, sin garantías para paralizar la expulsión de una persona cuya solicitud de asilo haya sido denegada. Nos preocupa especialmente la canalización de solicitudes de asilo al procedimiento fronterizo en función de la nacionalidad (si su tasa de reconocimiento de protección es inferior al 20% de la media de la UE) o a quienes procedan de un tercer país considerado “seguro”. La aplicación discrecional de estos conceptos por los Estados miembro permitirá inadmitir las solicitudes de asilo y retornar a las personas incluso a países de tránsito, poniendo en peligro el derecho a una valoración individualizada y con plenas garantías.  

8. ¿Cómo se refuerza la criminalización de las personas que buscan protección? 

Se introduce la presunción de riesgo de fuga y el foco se pone en evitar los movimientos secundarios con mecanismos para penalizar tanto a los Estados Miembro que “no lo impidan” como a las personas solicitantes de protección internacional que lo pretendan. En esta línea, se introducen controles y alertas de “riesgo para la seguridad nacional” poco transparentes y sin garantías, que estigmatizan y criminalizan a las personas.  

9. ¿Qué se plantea para la respuesta a las “crisis” o emergencias como la de Ucrania? 

La respuesta frente al desplazamiento forzado de Ucrania permitió garantizar la protección de forma rápida y eficaz gracias a la activación de la Directiva de Protección Temporal. Nos preocupa que esta herramienta pueda ser derogada y sustituida por un mecanismo menos garantista. Mientras tanto, se plantea eliminar o incluir excepciones a las garantías procedimentales básicas y a las normas de asilo, en lugar de construir un sistema que pueda dar respuesta a futuras crisis. 

10. ¿Por qué no se ponen en marcha más vías legales y seguras para obtener protección?  

Solo ha habido un avance para aumentar las vías legales y seguras, con el nuevo Reglamento para un Marco de Reasentamiento de la UE. Sin embargo, la participación de los Estados Miembro en los esfuerzos de reasentamiento será voluntaria y no habrá cuota obligatoria.  Mientras tanto, se incentiva a la firma de acuerdos de cooperación en materia de retorno y readmisión entre la Unión Europea y los Estados miembro con países norteafricanos, que ponen cada vez más obstáculos, lo que obliga a las personas que buscan refugio a tener que arriesgar su vida. 

 

Consulta la información del decálogo ampliada en el siguiente enlace:

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