El Tribunal de Estrasburgo paraliza la expulsión de España de una mujer camerunesa víctima de violencia de género y solicitante de protección internacional

Marzo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) paraliza la expulsión de una mujer camerunesa perseguida por motivos de género que solicitó asilo en el Aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Tras la denegación de la petición de asilo por parte de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) se interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional solicitando medida cautelarísima para que se autorizara la permanencia en España ante los numerosos indicios que evidenciaban un riesgo real para su vida e integridad física en caso de su devolución a Camerún. La Audiencia Nacional rechazó la autorización de esta medida.

Frente a la inminente expulsión, el servicio jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado solicitó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la adopción de la aplicación de la regla 39 para evitar que la mujer víctima de violencia y matrimonio forzado, fuese expulsada de España. Tras más de 20 días en el aeropuerto de Madrid-Barajas, la mujer camerunesa ha abandonado por fin las dependencias aeroportuarias. “Desde CEAR celebramos esta decisión del más alto Tribunal Europeo en materia de derechos humanos y confiamos en que marque el camino que debe seguir tanto la administración como la judicatura española a la hora de valorar las solicitudes de asilo y del riesgo que pueden correr estas personas si son expulsadas”, señala Paloma Favieres, responsable del Área Jurídico de CEAR.

Desde el año 2011, CEAR ha presentado 45 recursos de los que 42 se han resuelto favorablemente ante la Alta Corte Europea para paralizar la expulsión de personas solicitantes de asilo denegadas tras haber realizado la petición de protección internacional en frontera. “España no puede descuidar su compromiso con el derecho internacional de los derechos humanos y con las personas refugiadas, uno de los colectivos más vulnerables que existen”, aclara Favieres.

El año pasado, CEAR recurrió ante el Tribunal de Estrasburgo la expulsión de 30 saharauis en el CIE de Fuenteventura. El Tribunal, en una sentencia histórica, consideró que España vulneraba el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) debido a la inexistencia en nuestra legislación de un mecanismo con efecto suspensivo automático que paralice la devolución de solicitantes de asilo hasta que la decisión sobre su caso sea definitiva. El Tribunal mostró su preocupación sobre los mecanismos efectivos de salvaguarda para proteger a los solicitantes de asilo contra devoluciones arbitrarias a su país de origen mientras los tribunales resuelven el fondo del asunto. Además, señalaba el Tribunal, estos mecanismos constituyen una garantía jurídica consecuencia del Estado de Derecho y de los principios fundamentales de una sociedad democrática inherentes al conjunto de los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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